Alumno,
maestro y compañero en las artes marciales japonesas.
Por:
Dr. Manuel Coronado, PhD.
Abogado-CpA-Investigador
Docente de
grado y Post grado
Reflexión:
En el contexto del budō japonés, la condición de alumno no surge simplemente de
entrenar o compartir con una persona de mayor edad o graduación. La relación
maestra-alumno presupone una relación reconocible de enseñanza y aprendizaje, en la cual una persona asume la función
de enseñar, orientar y transmitir conocimientos, mientras la otra se coloca en
posición de recibir sistemáticamente esa enseñanza. Lowry (2006) distingue
precisamente las figuras del sensei-maestro-y
del deshi -discípulo o alumno-
como posiciones relacionadas, pero diferenciadas, dentro del dōjō y de la tradición marcial. Google Books.
A partir de la anterior premisa puede formularse la
siguiente pregunta:
¿CUÁNDO PUEDE CONSIDERARSE A UN PRACTICANTE ALUMNO DE OTRO EN LAS ARTES
MARCIALES?
En las artes marciales tradicionales japonesas,
particularmente dentro del karate-dō, kobudō, jūdō, kendō y otras expresiones
del budō, existe un profundo
respeto por la antigüedad, la experiencia, el grado y la figura del maestro.
Sin embargo, ese respeto no significa que todo practicante de mayor edad, mayor
antigüedad o mayor graduación se convierta automáticamente en maestro de
aquellos con quienes comparte.
Este punto resulta fundamental cuando se pretende
reconstruir correctamente la historia de una organización, un dōjō o una
relación entre dos practicantes; Veamos algunos detalles:
a)
La relación entre sensei y deshi
Lowry (2006) estudia separadamente las figuras del sensei y del deshi. En las artes tradicionales japonesas, deshi identifica al discípulo que
aprende dentro de una relación que trasciende la simple coincidencia física
entre dos practicantes. Existe una transmisión de conocimientos y una relación
de aprendizaje reconocible.
Por consiguiente, ser alumno de alguien supone haber recibido de esa persona una enseñanza
marcial en calidad de discípulo, y no simplemente haber practicado,
trabajado, dirigido una institución o participado conjuntamente en actividades.
La propia Nippon Budokan establece en la Budō Charter for Young People que
durante el keiko el practicante
sigue las enseñanzas de sus maestros y procura aprender correctamente las
técnicas fundamentales (Nippon Budokan, s. f.). Esta formulación resulta
importante porque relaciona expresamente al maestro con una función concreta: enseñar, y al estudiante con otra: aprender de esa enseñanza.
b)
La edad no crea por sí misma una relación maestro-alumno
Una primera distinción debe hacerse respecto de la
edad.
El hecho que un practicante sea considerablemente
mayor que otro merece el respeto que culturalmente corresponda, pero la diferencia de edad, considerada
aisladamente, no constituye prueba de una relación maestro-alumno. Una
persona puede ser mayor que otra y ambas pueden ser colegas, dirigentes,
compañeros de práctica o colaboradores institucionales. En consecuencia: mayor edad ≠ maestro.
Pues la edad puede aportar experiencia vital y puede
coincidir con una mayor trayectoria marcial, pero ninguna de esas
circunstancias demuestra, por sí sola, que el practicante más joven haya sido
alumno del mayor.
c)
El grado y el año de la graduación tampoco determina
automáticamente la relación
Supongamos que dos practicantes comienzan a trabajar
juntos cuando uno ya posee el grado de 3.er
Dan y el otro ostenta un grado superior. Obvia e indiscutiblemente
existe una diferencia jerárquica de graduación. El practicante de mayor grado
merece el reconocimiento correspondiente a su rango y trayectoria, pero de ello
no se desprende necesariamente:
El 3.er dan es alumno del practicante de mayor grado. Esta
conclusión requeriría elementos adicionales. Veamos:
Un practicante que ya ha alcanzado el 3.er dan
normalmente posee una trayectoria marcial previa, HA RECIBIDO FORMACIÓN, ha
tenido uno o varios instructores y ha atravesado procesos de evaluación y
graduación anteriores al encuentro con el otro practicante.
Por consiguiente, si ambos se encuentran cuando uno ya
era 3.er dan, la pregunta histórica correcta sería: ¿Qué relación marcial
establecieron a partir de ese momento? ¿Pudieron establecer una relación
maestro-alumno?
Se debe atender que también pudieron establecer una
relación entre practicantes experimentados, una relación senpai-kōhai, una colaboración
técnica, una relación entre dirigentes o simplemente una asociación
institucional. A todas luces, estas expresiones y/o conceptos No son
equivalentes.
d)
Sensei, senpai y compañero no significan lo mismo
La tradición marcial japonesa distingue diferentes
posiciones dentro de las relaciones interpersonales del dōjō. A saber. El sensei ejerce una función docente. El
senpai representa al
practicante de mayor antigüedad dentro de determinada estructura o relación. El
kōhai ocupa una posición
posterior respecto del senpai. Y
dos practicantes también pueden relacionarse como compañeros o colaboradores.
La literatura especializada sobre la etiqueta del dōjō reconoce precisamente que
existen relaciones diferentes entre maestros y estudiantes y entre estudiantes
de distinta antigüedad (Lowry, 2006).
Esto conduce a una distinción esencial: ser senior de una persona no significa
necesariamente ser su maestro. Pues, una persona puede orientar
ocasionalmente a otra, corregir una técnica, compartir conocimientos o ayudarla
a perfeccionarse sin que por ello se transforme toda la relación histórica entre
ambas en una relación maestro-discípulo.
e)
Compartir conocimientos tampoco basta
En las artes marciales japonesas es normal que los
practicantes intercambien conocimientos. Por ejemplo, un karateka puede
corregir a otro. Un practicante experimentado puede enseñar un kata. Un
compañero puede explicar un bunkai. Un instructor de una organización puede
dirigir ocasionalmente una práctica en la cual participan otros cinturones
negros. Incluso dos maestros pueden aprender recíprocamente.
Lo que significa entones que la transmisión ocasional
de conocimientos constituye evidencia de que existió enseñanza concreta, pero no necesariamente demuestra que existiera
una relación permanente de maestro-alumno. Si fuere así llegaríamos a una consecuencia
poco razonable, es decir: cada persona de quien alguna vez aprendimos una
técnica tendría que ser considerada nuestro maestro formal. Si se asume esa
postura, cada persona de la que se recibe un seminario, un taller, una
capacitación, un congreso, fuere nuestro maestro. Lo mismo pasaría si se asume
las correcciones que alguna vez hicieron los abuelos, tios, padrinos, etc., a
sus parientes, y ellos nunca fueron y será nuestros padres ni se consideraran como
tales. Ojo, el budō es más
complejo que eso.
f)
Trabajar durante muchos años tampoco transforma
automáticamente la relación
Para abrir este acápite es importante recordar que el
tiempo compartido merece una consideración especial. Iniciamos indicando que, dos
practicantes pueden permanecer diez, veinte o treinta años dentro de una misma
organización. Pueden entrenar juntos, viajar, organizar campeonatos, impartir
seminarios, participar en exámenes, dirigir instituciones e incluso desarrollar
conjuntamente una escuela, pero existe una condición previa, los dos son
alumnos del mismo maestro…Ese punto lo analizaremos en otro espacio…
Continuamos con el tema, la duración de la relación
que estamos explicando en este aparado demuestra la permanencia de la relación, pero no determina por sí misma su naturaleza. Dicho de otra manera: el tiempo prueba cuánto duró una relación; no
necesariamente qué clase de relación fue. Para determinar esto último
debe examinarse cómo comenzó esa relación, qué funciones asumió cada persona y
cómo ambos reconocieron esa relación mientras estuvo vigente.
g) La finalidad
institucional resulta particularmente relevante.
Para este aspecto, es importante destacar que este supuesto
adquiere todavía mayor claridad cuando dos practicantes se reúnen expresamente
para trabajar por el desarrollo de una
institución…
Es decir, si al momento de encontrarse ambos eran
practicantes experimentados y decidieron integrarse para desarrollar una
asociación, federación, escuela, organización o proyecto marcial, la naturaleza
originaria de esa relación constituye un dato histórico fundamental…
Si uno se incorporó expresamente para aprender bajo la
dirección técnica del otro, entonces sí existirían elementos compatibles con
una relación maestro-alumno. Pero si ambos se integraron como dirigentes, profesores,
técnicos, fundadores o colaboradores para desarrollar conjuntamente una
institución, NO resulta
metodológicamente correcto transformar posteriormente esa colaboración institucional
en una relación maestro-alumno sin evidencias adicionales que lo sustenten.
NO se puede confundir una cosa con
la otra.
Lo honesto es que la historia debe reconstruirse
conforme a los hechos existentes durante el período estudiado y no únicamente
mediante interpretaciones posteriores.
h)
¿Qué elementos permitirían afirmar que realmente
existió una relación maestra-alumno?
Para sostener seriamente que un practicante fue alumno
de otro deberían poder identificarse varios elementos concurrentes, entre
ellos:
1.
Existencia de enseñanza sistemática. El supuesto
maestro impartía regularmente conocimientos técnicos, filosóficos o
metodológicos al supuesto alumno.
2.
Aceptación de la enseñanza. El
practicante recibía esa formación precisamente en condición de estudiante o
discípulo.
3.
Reconocimiento de roles. Durante la relación existía alguna
forma verificable de reconocimiento del vínculo maestro–alumno.
4.
Continuidad. No se trataba únicamente de
correcciones, seminarios o intercambios ocasionales.
5.
Contexto técnico. La relación estaba orientada
fundamentalmente a la transmisión del arte y no solamente a funciones
administrativas o institucionales.
6.
Evidencias históricas. Fotografías contextualizadas,
diplomas, registros de dōjō, documentos institucionales, programas de
seminarios, certificaciones, correspondencia, testimonios concordantes u otras
fuentes pueden contribuir a determinar cómo se reconocía realmente la relación.
Ojo, ninguno de estos elementos tiene necesariamente
que existir aisladamente como requisito absoluto; lo importante es valorar
conjuntamente las evidencias.
i)
El respeto no exige alterar la historia
Esta reflexión tampoco debe interpretarse como una
disminución del respeto debido a los practicantes de mayor edad, antigüedad o
grado. Precisamente el budō
concede una importancia central al respeto, la etiqueta, la formación moral y
la consideración hacia los demás.
La Budō
Charter destaca expresamente la cortesía, las enseñanzas de los maestros
y el perfeccionamiento de la persona mediante la práctica (Nippon Budokan, s.
f.).
Siendo así, reconocer
la trayectoria de una persona y reconocerla como maestro propio son
afirmaciones diferentes.
Se puede afirmar legítimamente lo siguiente:
Es un maestro de gran trayectoria, es mi superior en
grado, es un practicante más antiguo, trabajamos juntos durante muchos años, aprendí
determinadas técnicas de él, compartimos la dirección y desarrollo de una organización.
Todas estas expresiones pueden ser ciertas sin que
necesariamente sea cierta otra afirmación distinta: ¿Yo fui su alumno?...
j)
Cuando la relación
termina
La terminación posterior de la colaboración tampoco
debería modificar retrospectivamente su naturaleza. Si fueron maestro y alumno
durante veinte o más años, una separación posterior no elimina esa realidad
histórica. Pero funciona también en sentido contrario: si durante veinte o treinta años fueron compañeros, dirigentes o
colaboradores, la separación posterior no convierte retrospectivamente a uno en
maestro del otro.
Este significa que la historia marcial debe ser coherente,
tanto durante la amistad como después de la separación. Por ello, cuando surgen
controversias sobre linajes o relaciones personales, la pregunta no debería ser
quién tiene actualmente mayor reconocimiento, quién posee mayor edad o quién
alcanzó posteriormente un grado superior. La pregunta históricamente relevante seria:
¿Qué relación existía realmente entre esas personas
durante el período en que compartieron?
Es decir, si un
practicante ya ostentaba el 3er dan
cuando comenzó a relacionarse con otro practicante de mayor edad, experiencia o
graduación, y ambos se reunieron principalmente para trabajar por el desarrollo
de una institución, esos hechos,
considerados aisladamente, NO son suficientes para concluir que el
primero se convirtió en alumno del segundo.
Tampoco sería correcto afirmar automáticamente lo
contrario. Ya que para determinarlo habría que demostrar que, además de la
colaboración institucional, nació entre ellos una verdadera relación continuada
de enseñanza-aprendizaje y que dicha relación fue reconocida como tal. Por
tanto, desde una perspectiva histórica y conceptual rigurosa:
La edad genera respeto; la
antigüedad genera precedencia; el grado establece una determinada jerarquía
técnica; la función institucional atribuye responsabilidades; pero ninguna de
estas circunstancias, por sí sola, crea una relación maestro-alumno. Esta nace
fundamentalmente de una relación real, continuada y reconocible de enseñanza y
aprendizaje, donde la misma iniciara desde la transmisión de los fundamentos de
los que trate y para el
caso del presente análisis, la relación estuvo antecedida de la existencia de
un maestro común y un sempai que representaba el maestro común…
Reflexión final
En las artes marciales tradicionales debemos ser
particularmente cuidadosos cuando hablamos de nuestros maestros. Llamar maestro
a quien realmente nos enseñó constituye un acto de gratitud y justicia. Reconocer
a nuestros mayores y superiores constituye una manifestación del verdadero Do,
del respeto inherente al budō. Reconocer
a nuestros compañeros y colaboradores también constituye un acto de honestidad.
Pero confundir esas categorías puede producir una
reconstrucción histórica incorrecta.
Dos practicantes pueden caminar juntos durante décadas
sin que uno sea necesariamente discípulo del otro. Pueden aprender mutuamente,
respetarse, desarrollar instituciones, intercambiar técnicas y contribuir
conjuntamente al crecimiento de un arte.
La verdadera tradición marcial no necesita engrandecer
una trayectoria disminuyendo la de otra persona.
Por ello, ni
la edad, ni el grado superior, ni muchos años de convivencia, ni haber ocupado
una posición institucional de mayor jerarquía constituyen, aisladamente, prueba
suficiente para atribuir la condición de maestro sobre otro practicante.
Por el contrario, cuidado, pues ello puede ser señales de iniciar la salida del
rumbo, del Do…
Esta forma de analizar la historia protege algo
especialmente importante dentro del budō: el respeto a la verdad de cada trayectoria marcial.
Referencias
Lowry,
D. (2006). In the dojo: A guide to the rituals and etiquette of the Japanese
martial arts. Weatherhill.
Nippon
Budokan. (2009). Budō: The martial ways of Japan (A. Bennett, Ed. &
Trans.). Nippon Budokan Foundation.
Nippon
Budokan. (s. f.). The Budō Charter for Young People. Nippon
Budokan.
La fuente institucional principal es la Nippon
Budokan, y la
propia institución identifica Budō: The Martial Ways of Japan como una
obra colectiva en cuya elaboración participaron las federaciones
representativas de jūdō, kendō, kyūdō, sumō, karate-dō, aikidō, Shorinji Kempo,
naginata y jūkendō. SITENAME

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